Actualización legislativa junio 2010

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ESTATAL.  se aprueba mediante Real Decreto 752/2010, de 4 de junio, el primer Programa de Desarrollo Rural Sostenible para el período 2010-2014 publicado en España, en aplicación de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural. Tras este plan se aprobarán los Planes de Zona Rural que concretarán actuaciones.

 Es muy recomendable el estudio y lectura de este programa  pues aparte de establecer un marco para la aprobación de planes y su financiación, aporta una visión del mundo rural español y muchos datos  del análisis  de partida llevado a cabo, de los que pueden extraerse argumentos “oficiales” a la hora de valorar si proyectos, aparentemente contrarios al desarrollo sostenible o el medio ambiente, pueden ser considerados de interés general o sostenibles. Es en suma una guía para evaluar la sostenibilidad del desarrollo rural, en la forma que el actual gobierno la concibe, obviamente .

 Solo para dar una idea de la importancia de este programa unos datos: el medio rural en España  comprende el 84,5% del territorio, con  comunidades como Navarra, Castilla-La mancha, Aragón y Castilla y León, con más  del 90%, siendo Madrid y Murcia las que menos territorio rural tienen, con una 47,7 y un 48,1% respectivamente. Se  constata una pérdida de la población rural entorno entre el  18%  y el  30% en los 10 últimos años, y un envejecimiento y masculinización de la población que permanece, al ser los jóvenes y las mujeres los que se van a la ciudad preferentemente.

 La calidad de vida en el medio rural, se ha evaluado en base al indicador del nivel de renta, obviando todo análisis sociológico de la percepción del medio  que sus pobladores tienen, a pesar de que se recoge  el concepto de la OMS sobre calidad de vida ( «la percepción que un individuo tiene de su lugar en la existencia, en el contexto de la cultura y del sistema de valores en los que vive y en relación con sus expectativas, sus normas, sus inquietudes”). Llevar a cabo encuestas a la población rural sobre su percepción de calidad de vida, habría aportado tal vez un plus de información útil, tal y como resultó del estudio sociológico  llevado a cabo por la Junta de Extremadura sobre la calidad de vida de la población de Extremadura , del que se deduce que la mayoría de la población rural considera que tiene mejor calidad de vida que los de la ciudad, si bien se echa a faltar oferta de servicios culturales. 

El índice de renta refleja que la zona rural tiene una renta más baja, aunque el propio programa desconfía de la fiabilidad de estos datos,  debido a la auto produccion y autoconsumo de bienes y sevicios. Sin embargo el porcentaje de personas por debajo del umbral  de pobreza ha descendido en el medio rural en los 10 años analizados (1999-2008)  mientras las cifras globales se mantiene en un 18,80%. Para remediar esta situación se considera el desarrollo de mejores servicios públicos en el medio rural para que éste resulte más atractivo y se evite el aislamiento de la población.

 El sector primario domina  en las zonas rurales. Las exportaciones agrícolas representan el 18% de las exportaciones totales, con una productividad que duplica la media europea, auque con grandes diferencias según CCAA. También el empleo del sector primario duplica la media nacional, pese a su reducción por la mecanización de las labores agrícolas y aunque estas sean llevadas a cabo por una población envejecida y sin relevo generacional, por lo que se considera la necesidad de hacer más atractivo el territorio para fijar la población joven de nuevo.

 El sector de la pesca es muy relevante pues  España ocupa el primer lugar en la UE y el vigésimo en el mundo aunque emplea  al 6% de la mano de obra del sector primario, frente al 90% del agrario.

El 52% del territorio nacional está calificado como terreno forestal, es decir, monte, si bien existe abandono de su explotación, por lo que el cuidado del entorno se presenta como una magnífica oportunidad de desarrollo económico y aumento del empleo, actualmente situado, en este sector,  en el 4% del total agrícola. La explotación de estos suelos para la caza también es relevante.

 La industria , como sector secundario, ha crecido en el medio rural aumentando considerablemente en los últimos años un 30% el empleo, habida cuenta que de los 52 distritos industriales existentes en el medio rural (25% del total) estos sectores industriales ocupan las 2/3 partes de las áreas rurales, pero también con diferencias significativas entre comunidades.

Pero es que también ha crecido en estos años el sector servicios del mundo rural, crecimiento que la OCDE socia a un incremento poblacional y de renta per cápita.  

España es un importante reservorio de la diversidad biológica europea. Con 152 especies de mamíferos, 515 de aves y más de 5000 especies distintas de plantas, es uno de los países europeos con mayor diversidad biológica. En los últimos cinco años la superficie de espacios protegidos ha crecido más de un 50%,  lo que supone un 12% del territorio, sin tener en cuenta la Red Natura 2000 que no se consideran espacios protegidos y ocupan el 27% del territorio, si bien el 50% de ellas está dentro de algún parque natural. De la Red Natura sólo un 25%  cuenta con un plan de gestión, lo cual explica que según el Informe de Sostenibilidad de España 2007 del Observatorio de la Sostenibilidad en España (OSE), la cantidad de especies animales amenazadas haya crecido un 34,6% entre 1990 y 2006.

 La importancia de la diversidad geológica española se ha manifestado con la ratificación de España de su compromiso ante el Consejo de Europa para cumplir la «Recomendación Rec (2004)3 sobre Conservación del Patrimonio Geológico y Áreas de Especial Interés Geológico». Ello  ha dado lugar a la creación de 4 geoparques.

 ARAGÓNLa LEY 3/2010, de 7 de junio,  ha  modificado  parcialmente su ley de turismo en cuanto al régimen de autorización, con el fin de incorporar la directiva de libertad de servicios y aprovecha  tras lo cual sólo están  sometidos a autorización la apertura de complejos turísticos, la prestación de servicios de turismo activo,  los alojamientos turísticos al aire libre o campings ubicados en terrenos que se hallen en situación de suelo rural,  si bien establece un silencio positivo de 3 meses. Mención especial tienen los parques temáticos o los centros de esquí y montaña que se autorizarán y ordenarán mediante planes o Proyectos de Interés General de Aragón, de iniciativa y gestión pública o privada, demostrando con ello una  apuesta política por este tipo de proyectos.

 CANARIAS  aprueba mediante Ley 4/2010 de 4 de junio un nuevo catálogo de especies protegidas, y un nuevo procedimiento asociado, con derogación del anterior  al tiempmo que lleva a cabo una reordenación de la tipología de especies protegidas y crea la categoría especies «de interés para los ecosistemas canarios» y las “especies de protección especial”. Establece un plazo de 12 meses para la aprobación de los planes de recuperación y conservación  de especies protegidas, a partir de la fecha del acuerdo de inicio , si bien no asocia ningún efecto al incumplimiento del plazo. ¿Sería de aplicación el régimen general de  efectos positivos?, me pregunto.

 CASTILLA LA MANCHA crea mediante la Ley 4/2010 de 10 de junio una empresa pública  de gestión de infraestructuras aeroportuarias ,  supuestamente con  el fin se asumir la gestión del aeropuerto  de Ciudad Real, promovido por iniciativa privada pero en  concurso de acreedores desde enero de este año.

CASTILLA LEÓN,  modifica la Ley 4/2000 de declaración del Parque Natural de Fuentes Carionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina, así como los decretos que aprueban su correspondiente Plan de Ordenación de los Recursos Naturales , mediante Ley 5/2010, con el solo y exclusivo fin de construir la pista de esquí de San Glorio, que ahora  se podrá autorizar, cuando estaban prohibidas, previo sometimiento al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental y de conformidad con la legislación urbanística, como usos de interés público vinculados al ocio, porque se aprecia la necesidad de su emplazamiento en suelo rústico a causa de sus específicos requerimientos en materia de ubicación. este espacio forma parte de la Red Natura 2000 al haber sido incluido en la propuesta de Lugares de Interés Comunitario y al haber sido declarado Zona de Especial Protección para las Aves. Los motivos son:  la iniciativa de negocio  de pistas de esquí y la situación de retroceso de la población de la zona,  sin oportunidad para los jóvenes. Constituyen especies protegidas en la zona, el oso pardo y el urogallo.

CATALUÑA declara por Ley 15/2010 de 28 de mayo el Parque Natural del Montgrí, les Illes Medes i el Baix Ter, de dos reservas naturales parciales y de una reserva natural integral.

BALEARES renueva por Ley 5/2010, de 16 de junio, las funciones y composición del  Consell Consultiu de las Illes Balears. Entre sus facultades   está la de emitir dictamen no vinculante en los proyectos de Ley que presente  el gobierno y sus disposiciones reglamentarias así como las   de los consejos insulares. El consejo podrá formular consultas a expertos y personas interesadas.  

También adopta la  Ley 4/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para el impulso de la inversión en las Illes Balears  en la que se prevén  líneas de actuación para la agilización administrativa, en especial para la adopción y la puesta en funcionamiento de las inversiones que merezcan la declaración de interés autonómico o insular, cuyo concepto se crea, se reducen los plazos en urbanismo y medio ambiente;  se impulsarán de oficio los expedientes dando lugar a la preclusión de trámites cuando se haya superado el plazo;  se  crea la declaración responsable de inicio de actividad; se otorga plazo para refundición de los procedimientos por sectores; medidas para facilitar la implantación de nuevas actividades empresariales y profesionales,  y de forma específica en  materia de ordenación del territorio y urbanismo; medidas especiales encaminadas a impulsar la industria turística  y para la agricultura.

 MURCIA  aprueba el protocolo de actuación en caso de superación de los umbrales de información y alerta a la población, para los contaminantes atmosféricos ozono, dióxido de azufre y dióxido de nitrógeno, en la Región de Murcia.

 VALENCIA aprueba DECRETO 97/2010, por el que se regula el ejercicio del derecho de acceso a la información ambiental y de participación pública en materia de medio ambiente de la Comunitat Valenciana.  Informarse para participar y participar para legitimar son, sin duda alguna, unas de las más elementales máximas de cualquier código de gobernanza. Máximas que el Consell intenta hacer suyas en el campo ambiental con esta norma, abriendo el proceso de elaboración de sus políticas con el fin de asociar a un mayor número de personas y organizaciones en su formulación y aplicación, lo que debe traducirse en una mayor transparencia y en un mayor grado de corresponsabilidad de todos los participantes. No es, por tanto, el qué si no el cómo, lo que este decreto regula  al incluir no solo en materia de información, la  generada o recibida por las autoridades públicas o que disponga la administración, sino también la debiera obrar en su poder

Establece las bases que deben informar el ejercicio del derecho de participación pública en los planes y programas relativos al medio ambiente, así como en los procedimientos para la toma de decisiones sobre asuntos que incidan directa o indirectamente en el medio ambiente y cuya elaboración o aprobación corresponda a las autoridades públicas.

Dentro del concepto de autoridad incluye  a los Notarios y Registradores cuando ejercen funciones públicas. Añade  a la definición estatal de persona interesada a las personas jurídicas sin ánimo de lucro que deseen ser reconocidas como interesadas, que según sus estatutos puedan desarrollar su actividad en la Comunitat Valencian. En relación a planes  y programas define Acto preparatorio formal,  y Versión preliminar: regula el procedimiento de solicitud de información y el órgano competente

Se crea  El Centro de Información y Documentación Ambiental,  (CIDAM) que informará todas la peticiones de información y elaborará propuestas de resolución. El órgano que resuelve es la Secretaría General de cada Consejería, cuya resolución  pone fin a la vía administrativa y coordina y mantiene un centro de documentación actualizado. Se crea la Red de Información Ambiental de la Comunitat Valenciana (Red INAM), que será accesible desde la dirección electrónica del CIDAM,   regulándose la información que habrá de tener como mínimo, a la que se incorporar á un catálogo de normas y resoluciones judiciales de interés para el cumplimiento de las obligaciones y el ejercicio de los derechos reconocidos en el presente Decreto.

En cuanto a la participación en la elaboración de planes, programas y normas, las autoridades públicas competentes de los planes, programas y disposiciones referidas en el artículo 23 deberán informar al público, simultáneamente a la elaboración de su versión preliminar, con carácter general o a la adopción de su primer acto preparatorio formal, En este derecho también interviene el CIDAM en cuanto a su publicación electrónica desde el inicio.

También se crean en la provincia de Alicante once microrreservas vegetales en la ORDEN 11/2010, de 26 de mayo estableciéndose los usos permitidos en las mismas.

 Mª Angeles López Lax

Asociación ACIMA (www.acima.es)

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