Tramitación de quejas ambientales y mecanismos de mediación

El estudio financiado por la Comisión europea sobre la tramitación de quejas ambientales y mecanismos de mediación  a nivel estatal explora procedimientos para mejorar la implementación y eficacia de la legislación ambiental, como las quejas y la mediación. España es uno de sus casos de estudio.

El estudio ha sido encargado y financiado por la Comisión Europea en el marco del Séptimo Programa de Acción para la mejora de la aplicación y cumplimiento de la legislación ambiental,   y ha sido realizado en colaboración por  el Instituto de Estudios Ambientales, el Servicio de Inteligencia BIO y el Instituto para la Política ambiental Europea. Se trata de  buscar opciones y mecanismos para  mejorar la tramitación de quejas y en particular la mediación. Para ello analiza  diversos aspectos o características de tramitación de quejas  en varios países, entre ellos España.

En nuestro caso se estudian normas básicas, autoridades competentes según el tipo de quejas o denuncias, organización territorial, recursos disponibles, transparencia sobre la tramitacion de quejas, eficacia de los servicios, frecuencia de las quejas, dificultades, costes, preparación del personal de las administraciones, problemas específicos, instituciones específicas  para solventar quejas ambientales (Competencia del defensor del pueblo u Ombudsman)  plazos, etc.

En el estudio sobre España, se concluye  que es satisfactorio el acceso a las administraciones públicas a nivel autonómico, pues ofrecen una amplia posibilidad de contacto. En cuanto a transparencia el denunciante tiene derecho a saber el estado del procedimiento pero la administración no está obligada a informar al denunciante sobre sus actuaciones, aunque en el caso de dos CCAA es una práctica hacerlo. No hay informes  periódicos públicos sobre la tramitación de quejas. Algunas CCAA tienen un sistema de control de calidad del servicio de la Administración. El Defensor del Pueblo sí que reporta anualmente al Parlamento sobre la tramitación de sus quejas y suelen ser públicos esos informes.

Aunque el procedimiento de queja es sencillo la dificultad está en saber cual es el órgano ante el cual se ha de plantear la queja, dada la complejidad de nuestra descentralización administrativa. Se garantiza la confidencialidad  de los datos personales. La independencia del Defensor del Pueblo está garantizada en su estatuto, pese a que nu nombramiento y presupuesto depende del Parlamento. No existe un procedimiento para tramitar quejas múltiples, si bien cuando se refieren a un mismo asunto   se tramitan como un solo caso o expediente.

Podeís pedirme el estudio en asociacion@acima.es

Por MªÁngeles López Lax

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